Diálogo entre observatorios de consulta previa

Diálogo entre observatorios de consulta previa

Fuente de la imagen: Akubadaura.
Fonte: Akubadaura

¿Cuáles son los desafíos regionales y territoriales que persisten en América Latina para garantizar el derecho a la consulta y consentimiento previo libre e informado? ¿Cómo desde los Observatorios de consulta previa podemos fortalecer la reivindicación de este derecho territorial a nivel regional?

Observatorios de consulta previa en Colombia y Brasil. Diálogos necesarios para fortalecer su defensa

Por Chiesie Camila Salinas*

¨22 de julio, 2026.- El reconocimiento de los derechos de los pueblos étnicos y comunidades tradicionales está hoy atravesado por una contradicción: reconocer y exaltar el papel fundamental que han tenido para conservar los bosques y biodiversidad que quedan en el planeta, al mismo tiempo que los Estados retroceden en la garantía de sus derechos fundamentales.

Así, por ejemplo, gracias a investigaciones y a las cumbres climáticas y de biodiversidad, sabemos hoy que el 80% de la biodiversidad del planeta se conserva en territorios indígenas (1), y que el 36% de los bosques primarios del mundo están en pie gracias a los modos de vida tradicionales que estos pueblos han mantenido y que están basados en la coexistencia y respeto con la tierra (2).

A su vez, estamos siendo testigos  del retroceso político respecto a la regulación de industrias extractivas y de la competencia global por extraer y acaparar recursos naturales, principalmente tierras fértiles y minerales como el cobre, níquel, litio y cobalto y tierras raras, sobre las cuáles se proyecta el aumento de la demanda en 6,5% anual, lo que significa, sólo como ejemplo, un aumento del más del 350% de la demanda de litio para el 2040 (3).

En este escenario, pareciera que la exigencia que reclaman los pueblos étnicos a que se les garantice el derecho a la consulta y consentimiento previo, libre e informado, es decir, que se les garantice su derecho a decidir sobre su vida y destino, fuera una osadía política de estas minorías y una irrelevancia para los Estados que, inclusive, suelen ridiculizar este derecho o referirse a él como un trámite necesario en el desarrollo de cualquier proyecto de interés nacional y global.

Así, a pesar de los marcos jurídicos internacionales que se vienen consolidando hace más de 36 años (Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas, 2006 y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 2016), defender hoy el derecho a la consulta y consentimiento nos convoca a realizar reflexiones y estrategias que van más allá del ámbito jurídico occidental y del ámbito jurídico de cada Estado.

Nos llama a una mirada más humana y atenta a las realidades que viven las comunidades y sus organizaciones y, a la vez nos invita a una articulación territorial, regional y global para entender que es una defensa común, y que no se trata sólo de procesos políticos aislados que lleva a cabo una comunidad u organización.

En el marco de estas reflexiones, el pasado miércoles 3 de junio se llevó a cabo un conversatorio entre dos organizaciones no gubernamentales de América Latina que han trabajado desde hace más de 10 años por la defensa del derecho a la consulta previa, y que han construido cada una un Observatorio para proveer información, investigaciones y análisis que contribuyan a esta tarea en la región. Se trató de un primer espacio de encuentro entre los equipos del Observatorio de Protocolos Autónomos de Brasil, y del Observatorio de Consulta Previa de la Comunidad de juristas Akubadaura de Colombia.

En el conversatorio participaron las directoras de cada organización: Liana Amín Lima da Silva (Brasil), Marcela Tobón Yagarí (Colombia), dos invitados de pueblos étnicos de cada país: Vanuza Cardozo y Kasokaku Busintana y quien condujo el espacio fue la abogada y docente investigadora Isabella Figueroa.

A continuación, algunas de las ideas principales que dejó el conversatorio:

Un mismo derecho: diferentes contextos para su defensa

Si bien se trata de dos observatorios de consulta previa, las diferencias en los contextos jurisprudenciales de protección de este derecho en Colombia y Brasil han determinado los objetivos y producción de información de cada uno: En Colombia, aunque imperfecta, existe una institucionalidad estatal consolidada en torno a la garantía de la consulta y el consentimiento para comunidades étnicas y es el Estado el que lidera este proceso; en Brasil no existe esto y la ausencia de esta institucionalidad ha llevado a que sean las mismas comunidades (tanto étnicas como tradicionales) las que deban construir sus propias herramientas para reivindicar el derecho a la libre determinación a través de la construcción de protocolos autónomos de consulta.

En ese sentido, para el caso del Observatorio de Colombia, el enfoque ha sido el de construir una plataforma que ayude a las comunidades y organizaciones étnicas a tener datos sobre los procesos de consulta previa por algún proyecto o medidas administrativas que adelanta el Estado en los diferentes territorios, así como el de hacerle seguimiento  a los proyectos de ley que se están discutiendo en el Congreso en materia de derechos étnico-territoriales y producir reportes con datos para reflejar los contextos de vulnerabilidad en los que están transcurriendo los procesos de consulta previa, así como investigaciones sobre vulneración a este derecho en contextos particulares con recomendaciones al Estado.

Por su parte, el Observatorio de Brasil se ha enfocado en apoyar los procesos de construcción de protocolos comunitarios, así como contribuir a su mapeo en todo el país, su difusión, y en realizar investigaciones articuladas entre líderes y lideresas sociales, profesionales en derecho y organizaciones sociales para avanzar en la defensa de estos protocolos autonómicos.

El derecho a la libre determinación, el consentimiento y la consulta: realidades desde los territorios

Más allá del papel de los Observatorios, fortalecer el derecho a la libre determinación, el consentimiento y la consulta exige reflexiones más allá de los marcos jurídicos conocidos.

Vanuza Cardozo plantea que el Estado brasileño no quiere consultar a las comunidades dentro de un proceso real de reconocimiento del derecho a la libre autodeterminación, e identifica tres desafíos que persisten:

Primero: “Tenemos el desafío de transformar la consulta en un proceso real de participación y no permitir que se siga concibiendo como una expresión de formalidad burocrática”.

Segundo: “Conocer los protocolos de consulta de nuestros pueblos y reconocer sus formas propias y especificidades de organización comunitaria y política, reconocer que cada territorio es diferente. Así, el Estado brasileño -y cualquier Estado- debe no solo reconocer sino también respetar las especificidades de cada territorio de comunidades quilombolas y de otras comunidades indígenas y tradicionales”.

Tercero: “garantizar las condiciones para que los procesos de consulta sean realmente libres. Eso significa que los Estados garanticen que nuestras comunidades tengan acceso a información, asesoría técnica que sea independiente y segura, para que las comunidades puedan expresar sus ideas y posiciones frente a esas medidas y proyectos sin presiones ni amenazas”.

Por su parte, Kasokaku Busintana como abogado indígena, expone que, en la práctica y en el día a día de las comunidades y organizaciones indígenas, se refleja que el Estado colombiano, después de más de treinta años, no ha reconocido realmente este derecho ni los tratados internacionales que lo protegen:

“Colombia, quizás, tiene avances significativos de procedimientos jurídicos; pero si lo miramos a la luz de los ojos de nuestros mayores, a veces ni siquiera tendría que haber consultas previas, porque hay proyectos que no deben ser ni consultados, aún cuando se hable de que vamos a participar. Para los pueblos indígenas de la Sierra Nevada, el nevado no se toca, no se puede vivir encima de la nieve, así que de entrada no vamos a aceptar que se nos consulte sobre algo que ya es claro para nosotros… Como las consultas previas no son vinculantes, hay cosas que, por el simple hecho de ser consultadas, dan a entender que sí estamos aceptando algo, y expresa el abuso de la posición dominante, que también llaman “interés general”, como si el interés general fuera solo el monetario. También hay un interés colectivo y general de que pervivan los pueblos indígenas, la biodiversidad, el agua”.

Ambos, Cardozo y Busintana, coinciden en la necesidad de que la consulta previa sea un derecho que tenga raíz en cada territorio y que no se trate de herramientas jurídicas impuestas que van perdiendo sentido dentro de las comunidades para defender la autonomía territorial.

Para Cardozo: “Los protocolos de consulta son sólo una de las muchas herramientas que hemos tenido en el territorio de Abacatal para frenar la entrada de proyectos extractivos y obligar al Estado brasileño a que nos escuche. Usar esta herramienta, reconociendo que hay otras nos ha servido para legitimar el derecho que tenemos sobre nuestras tierras”.

A su vez, Busintana recalca la importancia de regresar a ejercicios pedagógicos propios para que las nuevas generaciones reconozcan el derecho a la consulta previa y el consentimiento más allá de la jurisprudencia occidental:

“Se recita el Convenio 169 de la OIT de memoria como si ese fuera el único marco para defender nuestro derecho a existir, cuando mucho antes de 1989 nuestra ley y organización ya reconocía ese derecho propio. Debemos, desde nuestros propios pilares organizativos y jurídicos, defender ese derecho y no caer sólo en tecnicismos que nos reconocen la espiritualidad de los territorios. Debemos volver a los ríos, a sentarnos en las piedras, a nuestros tambos y malocas a hablar sobre esto”.

Ideas para una articulación regional

Una realidad compartida en Colombia y Brasil, son las elecciones presidenciales de este 2026, que están en sintonía con el momento político de avance de gobiernos de ultra derecha en América Latina, y que prometen un retroceso legislativo en el reconocimiento y garantía de derechos sociales y la desregulación de industrias extractivas.

Si bien las elecciones en Brasil son en octubre, y aún no sabemos si será Lula o el hijo de Bolsonaro el nuevo presidente, las directoras de ambos observatorios coinciden que, aun bajo gobiernos “progresistas”, no ha habido garantías reales para el derecho al consentimiento y consulta previa. En este sentido, la llegada de un presidente de ultra derecha lo que hace es reforzar de manera explícita marcos institucionales que ya vienen vulnerando este derecho.

Para el caso de Colombia, Marcela Tobón señala ejemplos de cómo durante el gobierno de Gustavo Petro se emitieron decretos para impulsar la extracción minera bajo nuevas figuras de ordenamiento territorial donde la misma norma dice que la creación y delimitación de estas áreas no serán procesos sujetos a procesos de consulta (Decreto 977 del 2024, que crea los Distritos Mineros Especiales).

También señala que algo que se esperaba de este gobierno era una mayor regulación sobre los proyectos de venta de bonos de carbono liderados por empresas privadas en el país. Hubo un avance significativo al poner un límite en los mercados regulados, pero sólo el 3 de junio de este año, finalizando su gobierno, salió un decreto que busca regular el mercado de bonos de carbono en el país, que posiblemente sea modificado por el nuevo gobierno.

Para el caso de Brasil, Liana Anim, señala que a pesar de que en los gobiernos del presidente Lula se ha avanzado en el reconocimiento jurídico y político de los protocolos de consulta, el Estado brasileño aún no ha construido una institucionalidad que la garantice; es decir, aún no hay un órgano gubernamental que esté encargado de garantizar este derecho: “Hay una total usurpación del poder, las competencias y la atribución de consultar. El mismo Estado es el que está transfiriendo ese poder y competencias a actores privados”.

Así, algunas realidades compartidas en nuestros países y región latinoamericana, llevaron a identificar algunos temas sobre los cuales podemos trabajar de manera articulada:

  1. Avanzar para que los estándares del Convenio 169 de la OIT sean respetados por nuestros Estados. Principalmente avanzar en lograr que le consentimiento tenga carácter vinculante. Esto, principalmente, por el incremento en la demanda global de minerales convencionales y tierras raras para la transición energética, que ya está significando una nueva presión económica sobre territorios étnicos, incluyendo los territorios de los pueblos étnicos de la Amazonía.
  1. Protección de la niñez indígena en la región frente a los procesos de adopción o restablecimiento de derechos. Es decir, es preciso analizar de manera regional los vacíos jurídicos antes las decisiones del Estado de “sacar” a un niño o niña de su comunidad y territorio y darlo en adopción.
  1. Trabajar desde una perspectiva interétnica para defender el derecho a la libre determinación, el consentimiento y la consulta. Reconocer que, al igual que un río, este derecho ancestral debe protegerse como algo común y no como algo que es sólo de una comunidad o pueblo.

Este fue un primer conversatorio entre ambas organizaciones, que se suma a otras iniciativas en América Latina que buscan seguir trabajando por la defensa política, jurídica y cultura de este derecho fundamental, como por ejemplo el Encuentro amazónico sobre protocolos de consulta que se llevó a cabo a inicio de julio organizado por la el Observatorio de Protocolos Autónomos y la organización Derecho Ambiente y Recursos naturales (DAR).

Tenemos mucho trabajo por delante. Les invitamos a ver el conversatorio completo en el siguiente enlace https://www.youtube.com/watch?v=ce6Jou9CSFg&t=3308s

 

Reprodução: https://www.servindi.org/seccion-pueblos-indigenas-actualidad-articulo/22/07/2026/observatorios-de-consulta-previa-en

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